SOCIEDAD

Se promulga nueva ley para pasajes aéreos solidarios para pacientes con cáncer

La Ley N.º 1780, promulgada por el presidente Rodrigo Paz, garantiza pasajes aéreos solidarios para pacientes con cáncer y enfermedades críticas que necesiten viajar por atención médica.

Por Marco Yujra · 21 de octubre de 2026

El presidente de Bolivia, Rodrigo Paz, firmó la Ley N.º 1780 el 20 de octubre de 2026, la cual brinda acceso a pasajes aéreos solidarios, tanto nacionales como internacionales, para aquellos pacientes que padecen de cáncer, enfermedades terminales o se encuentran en estado crítico y requieren desplazarse a otra ciudad para recibir tratamiento médico.

Este beneficio está dirigido a pacientes que presenten un certificado emitido por la autoridad de salud correspondiente. Además, se contempla la posibilidad de que un acompañante viaje con el paciente, o incluso dos acompañantes si se trata de menores de edad.

La finalidad de esta ley es servir de apoyo en el traslado de quienes necesiten atención médica fuera de su lugar de residencia, involucrando a aerolíneas tanto públicas como privadas en el proceso.

Obligaciones de las aerolíneas.

Las aerolíneas deben garantizar la reserva de los espacios requeridos para los pacientes y sus acompañantes, de acuerdo a las necesidades médicas de cada caso. También están obligadas a proporcionar un traslado cómodo y seguro para proteger la salud de los usuarios.

Además, las aerolíneas tienen que programar la emisión de los pasajes con anticipación a la fecha de la atención médica y no podrán negar la venta de boletos sin justificación, tal como lo establece la Ley General del Transporte.

Acceso a los pasajes solidarios.

Para acceder a estos pasajes, los pacientes deberán presentar un certificado médico, ya sea físico o digital, que haya sido emitido por un hospital especializado, ya sea dentro o fuera del país. Este documento no tendrá requisitos excesivos para su validación, y la autoridad de salud deberá verificarlo rápidamente.

Una vez cumplidos los requisitos, las aerolíneas están obligadas a procesar los boletos para que los beneficiarios puedan viajar a recibir la atención médica necesaria.

Asimismo, la ley ofrece beneficios fiscales a las aerolíneas que otorguen estos pasajes solidarios, permitiéndoles deducir el costo de los boletos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), bajo la supervisión del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN). Sin embargo, los beneficiarios deberán abonar el Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE) y otros impuestos aplicables.

Las aerolíneas que no cumplan con las obligaciones establecidas en la ley enfrentarán sanciones de acuerdo a la normativa vigente. Además, si se detectan irregularidades en los certificados médicos, los casos serán enviados al Ministerio Público para iniciar procesos legales contra los involucrados.

Finalmente, la ley establece un plazo de 30 días después de su publicación para que el Ministerio de Obras Públicas, junto con el Ministerio de Salud y Deportes, elabore la reglamentación necesaria para su implementación.