Gobierno da luz verde a la importación de gas para uso personal y generación eléctrica
A través del Decreto Supremo 5755, el Gobierno permite la importación de gas natural y gas natural licuado para satisfacer necesidades operativas y productivas en medio de la crisis energética.
Por Rodrigo Aruquipa · 27 de octubre de 2026
La administración nacional ha emitido el Decreto Supremo 5755 que autoriza de manera excepcional la importación de gas natural (GN) y gas natural licuado (GNL). Esta medida busca atender tanto el consumo personal como la generación de energía eléctrica.
Esta disposición permite que tanto personas como entidades, sean públicas o privadas, importen estos recursos energéticos para cubrir sus necesidades durante la actual situación de emergencia energética y social en el país.
Condiciones de importación
Los volúmenes de gas importados están sujetos a restricciones: no podrán ser revendidos ni transferidos a terceros. La norma distingue entre el uso personal, que satisface directamente las necesidades del importador, y la generación de electricidad, que se refiere al uso del gas como fuente de energía por entidades del sistema eléctrico nacional.
Para llevar a cabo estas importaciones, quienes estén interesados deben solicitar una autorización al ente regulador y cumplir con los requisitos que el Ministerio de Hidrocarburos establezca a través de una resolución ministerial.
- Registrar y reportar los volúmenes a importar al ente regulador.
- Presentar la documentación que acredite la calidad del producto.
- Incluir el precio de compra y cualquier otra información requerida.
Las especificaciones para el gas natural que se transporta por ductos y el que se distribuye mediante redes deben cumplir con las normativas vigentes. Asimismo, el GNL debe ajustarse a las condiciones de seguridad y técnicas acordadas en el contrato con el proveedor.